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En este momento, la realidad para muchas personas detenidas por inmigración es dura y confusa. Aunque tengan familia en Estados Unidos, no tengan récord criminal y hayan vivido aquí por años, la corte de inmigración sigue negando fianzas, no porque la persona sea peligrosa, sino porque los jueces dicen que no tienen jurisdicción para otorgarlas. Esto ha dejado a miles de personas atrapadas en detención sin una evaluación real de su situación individual.

La buena noticia es que sí existe una vía legal real para muchas de estas personas: el habeas corpus en corte federal. Hoy en día, cualquier persona que haya entrado EWI (sin inspección), fue arrestada al entrar al país y luego liberada con una I-220A o con parole bajo la sección 236, puede pedir un habeas corpus si luego es detenida por ICE. En estos casos, la detención no puede ser automática ni indefinida, y una corte federal puede revisar si el gobierno está actuando conforme a la ley.

De igual forma, las personas que entraron EWI y caen bajo la clase de Maldonado Bautista también pueden solicitar un habeas corpus. Esto incluye a muchas personas que llevan años o incluso décadas viviendo en Estados Unidos, que nunca habían sido detenidas antes y que ahora están privadas de libertad sin que se haya evaluado seriamente si representan un peligro o un riesgo de fuga. En estos casos, el habeas corpus permite cuestionar la legalidad de una detención basada únicamente en una clasificación migratoria.

La razón por la cual el habeas corpus es tan importante hoy es simple: la corte de inmigración no está resolviendo este problema. En la práctica, muchos jueces continúan negando fianzas automáticamente diciendo que no tienen autoridad para decidirlas. Como resultado, las personas permanecen detenidas sin que nadie analice sus lazos familiares, su historial, ni sus circunstancias humanas. El habeas corpus mueve el caso a una corte federal, donde el gobierno sí tiene que justificar por qué mantiene a una persona detenida.

Es importante ser claros: el habeas corpus no da papeles ni residencia, ni gana el caso de inmigración. Sin embargo, sí puede lograr algo fundamental: salir de detención o forzar una audiencia de fianza real y justa. Para una persona detenida, recuperar la libertad significa poder defender su caso con dignidad, hablar con su familia y preparar su futuro.

Si a ti o a un familiar les dijeron que “no hay fianza”, que “no hay nada que hacer” o que la persona “va a estar detenida hasta que la deporten”, es importante saber que eso no siempre es cierto. Hoy más que nunca, las personas que entraron EWI y fueron liberadas con I-220A, parole 236 o que caen bajo la clase Maldonado Bautista están usando el habeas corpus como una vía real hacia la libertad.

Cada caso es distinto y no se debe adivinar. Hay que analizar cuidadosamente cómo fue la entrada al país, qué documento de liberación se emitió, cuánto tiempo lleva la persona detenida y en qué distrito se encuentra. Una evaluación correcta y rápida puede marcar la diferencia entre seguir detenido o recuperar la libertad.

La detención migratoria no significa que todo esté perdido. Muchas veces, solo significa que hay que usar la estrategia correcta en el foro correcto. Para muchas personas hoy, el habeas corpus no es una opción extra: es la herramienta legal más efectiva para volver a casa mientras su caso sigue su curso.

 
 
 

Cuando una persona es detenida por ICE, una de las primeras preguntas de la familia es si puede salir bajo fianza migratoria. La respuesta no depende de lo que diga el oficial de inmigración ni de lo que aparezca en el sistema de ICE, sino de bajo qué sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, conocida como la INA, está detenida la persona. La ley federal no trata igual a todos los detenidos. Existen distintos regímenes de detención, y solo algunos permiten que un juez de inmigración tenga autoridad para otorgar una fianza. La INA establece cuatro esquemas principales de detención. El primero es INA §235(b), que se aplica a personas consideradas solicitantes de admisión o “arriving aliens”, como quienes llegan a un puerto de entrada o son detenidos inmediatamente después de cruzar la frontera y nunca han sido formalmente admitidos ni paroleados. Bajo esta sección, la persona puede ser detenida mientras se decide si se le permite entrar a Estados Unidos y no tiene derecho a una audiencia de fianza ante un juez; solo el Departamento de Seguridad Nacional puede otorgar parole. El segundo esquema es INA §236(a), que se aplica a personas que están en proceso de deportación, ya sea porque entraron con visa, fueron inspeccionadas o fueron paroleadas, y que no están sujetas a detención obligatoria por delitos. Bajo esta sección, el juez de inmigración sí tiene autoridad para otorgar fianza o liberación bajo palabra. El tercer esquema es INA §236(c), que es la detención obligatoria para ciertas personas con delitos graves específicos, en la que no existe derecho a fianza. El cuarto esquema es INA §241(a), que se aplica a personas que ya tienen una orden final de deportación y están siendo detenidas mientras el gobierno intenta ejecutar la expulsión.

El problema central en muchos casos actuales es que ICE clasifica a personas bajo INA §235(b) cuando, legalmente, ya no pertenecen a esa categoría y deberían estar bajo INA §236(a), lo cual cambia completamente si existe o no derecho a fianza. Esta controversia se ha intensificado debido a decisiones recientes del Board of Immigration Appeals como Matter of Q. Li y Matter of Yajure-Hurtado. En Matter of Q. Li, el BIA sostuvo que una persona procesada como solicitante de admisión bajo §235(b) podía ser tratada como “arriving alien” y por lo tanto no tenía derecho a una audiencia de fianza. En Matter of Yajure-Hurtado, el BIA reafirmó que las personas que siguen siendo legalmente consideradas solicitantes de admisión bajo §235(b) permanecen fuera de la jurisdicción de fianza de los jueces de inmigración. Estas decisiones, sin embargo, se refieren únicamente a personas que siguen jurídicamente dentro del régimen de §235(b).

La pregunta clave es qué ocurre cuando el propio gobierno libera a una persona dentro de Estados Unidos y la coloca en procedimientos regulares de deportación ante un juez de inmigración. Esa situación fue abordada por un tribunal federal en el caso Maldonado Bautista v. DHS. En Maldonado Bautista, la corte sostuvo que una vez que el gobierno libera a una persona dentro del país y la coloca en procesos 240 ante un juez de inmigración, ya no puede seguir tratándola como detenida bajo INA §235(b). A partir de ese momento, la detención pasa a regirse por INA §236(a), lo que significa que la persona tiene derecho a una audiencia de fianza ante un juez de inmigración. En otras palabras, el poder absoluto del gobierno bajo §235(b) termina cuando decide permitir que la persona viva dentro del país mientras pelea su caso.

Esta distinción es fundamental porque determina si una persona puede o no salir de detención mientras se defiende. Una persona detenida bajo §235(b) no puede pedir fianza ante un juez, pero una persona detenida bajo §236(a) sí puede hacerlo. Muchas personas que entraron con visa, fueron inspeccionadas o fueron paroleadas, o que fueron liberadas por DHS después de cruzar la frontera, se encuentran legalmente bajo §236(a), aunque ICE intente seguir clasificándolas como §235(b). Cuando eso ocurre, la ley federal y el caso Maldonado Bautista permiten impugnar esa clasificación y exigir que un juez de inmigración ejerza su jurisdicción para revisar la custodia y considerar una fianza.

Por esta razón, la correcta clasificación legal de la detención es uno de los aspectos más importantes en cualquier caso de fianza. Una persona que no tiene delitos y que fue admitida, inspeccionada o liberada dentro del país puede tener derecho a salir bajo fianza incluso cuando ICE diga que no. Una evaluación legal adecuada debe analizar la forma de entrada, la liberación por DHS, el tipo de proceso en el que se encuentra la persona y la aplicación de estos precedentes recientes.

Si un familiar está detenido por ICE, una revisión temprana de su situación bajo las secciones 235, 236 y 241 de la INA, junto con la aplicación correcta de Matter of Q. Li, Matter of Yajure-Hurtado y Maldonado Bautista, puede determinar si existe derecho a una audiencia de fianza y una posible liberación mientras se resuelve el caso de inmigración. Una consulta legal puede aclarar estas cuestiones y permitir que la persona ejerza los derechos que la ley federal reconoce.

 
 
 

Cómo Solicitar la Residencia con la Ley de Ajuste Cubano y Desestimar tu Proceso en la Corte de Inmigración

 

Si eres cubano, tienes parole y te encuentras en los Estados Unidos, es esencial saber cómo convertir tu estatus temporal en una residencia permanente. La Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act) ofrece un camino claro hacia la residencia permanente después de solo un año y un día en EE.UU. Además, si estás enfrentando un caso en la corte de inmigración, podrías tener la opción de desestimarlo. Descubre cómo puedes aprovechar estas oportunidades para asegurar tu futuro en los Estados Unidos.

 

¿Qué es el Parole y Cómo te Beneficia?

El parole es un estatus especial que permite a los cubanos ingresar a los Estados Unidos sin una visa. Este estatus te da la posibilidad de solicitar la residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano después de haber estado en EE.UU. por un año y un día. Es un beneficio exclusivo para ciudadanos cubanos y sus familiares inmediatos, que simplifica el proceso hacia la obtención de la Green Card.

 

Importante: Diferencia entre I-220A, I-220B y Parole

Es crucial distinguir entre el parole y el estatus I-220A o I-220B. Estos últimos no constituyen parole y podrían no calificarte para el ajuste cubano. Si estás en esta situación, podemos ayudarte a  solicitar que modifiquen tu estatus. En caso de persecución política en Cuba, también podrías explorar la opción de solicitar asilo en EE.UU.

 

¿Tu caso se ve en la corte de inmigración o se puede llevar en USCIS?

A los solicitantes de CAA en procedimientos de remoción que se les acuse como "arriving aliens", los abogados pueden buscar el ajuste con USCIS. Si el solicitante está acusado de haber entrado sin inspección, debe buscar el ajuste ante el juez de inmigración, a menos que el juez termine el caso basado en una moción para terminar (terminate) o una moción conjunta con DHS para desestimar (joint motion to dismiss) . Si el caso es desestimado, los solicitantes pueden proceder con USCIS porque ya no están en procedimientos de remoción.

 

¿Por Qué Necesitas un Abogado de Inmigración?

El proceso de ajuste de estatus y la desestimación de casos en la corte pueden ser complejos. Un error puede retrasar o incluso negar tu solicitud. Un abogado con experiencia en la Ley de Ajuste Cubano puede guiarte a través de este proceso, preparar todos los documentos necesarios y representarte en la corte si es necesario.

 

Contacta a ARC Law Hoy

En ARC Law, estamos comprometidos a ayudarte a aprovechar los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano y asegurar tu residencia permanente en EE.UU. Si tienes parole y quieres solicitar tu Green Card o necesitas ayuda para desestimar tu caso en la corte de inmigración, estamos aquí para asistirte.

 

¡No esperes más! Contacta a la Abogada Adamarys hoy para una consulta y descubre cómo podemos ayudarte a asegurar tu futuro en los Estados Unidos. Llama ahora al 786-321-7008 para comenzar.

 

 
 
 
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