¿Quién califica para fianza migratoria en el 2026?
- Adamarys Rivera
- 12 ene
- 4 Min. de lectura
Cuando una persona es detenida por ICE, una de las primeras preguntas de la familia es si puede salir bajo fianza migratoria. La respuesta no depende de lo que diga el oficial de inmigración ni de lo que aparezca en el sistema de ICE, sino de bajo qué sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, conocida como la INA, está detenida la persona. La ley federal no trata igual a todos los detenidos. Existen distintos regímenes de detención, y solo algunos permiten que un juez de inmigración tenga autoridad para otorgar una fianza. La INA establece cuatro esquemas principales de detención. El primero es INA §235(b), que se aplica a personas consideradas solicitantes de admisión o “arriving aliens”, como quienes llegan a un puerto de entrada o son detenidos inmediatamente después de cruzar la frontera y nunca han sido formalmente admitidos ni paroleados. Bajo esta sección, la persona puede ser detenida mientras se decide si se le permite entrar a Estados Unidos y no tiene derecho a una audiencia de fianza ante un juez; solo el Departamento de Seguridad Nacional puede otorgar parole. El segundo esquema es INA §236(a), que se aplica a personas que están en proceso de deportación, ya sea porque entraron con visa, fueron inspeccionadas o fueron paroleadas, y que no están sujetas a detención obligatoria por delitos. Bajo esta sección, el juez de inmigración sí tiene autoridad para otorgar fianza o liberación bajo palabra. El tercer esquema es INA §236(c), que es la detención obligatoria para ciertas personas con delitos graves específicos, en la que no existe derecho a fianza. El cuarto esquema es INA §241(a), que se aplica a personas que ya tienen una orden final de deportación y están siendo detenidas mientras el gobierno intenta ejecutar la expulsión.
El problema central en muchos casos actuales es que ICE clasifica a personas bajo INA §235(b) cuando, legalmente, ya no pertenecen a esa categoría y deberían estar bajo INA §236(a), lo cual cambia completamente si existe o no derecho a fianza. Esta controversia se ha intensificado debido a decisiones recientes del Board of Immigration Appeals como Matter of Q. Li y Matter of Yajure-Hurtado. En Matter of Q. Li, el BIA sostuvo que una persona procesada como solicitante de admisión bajo §235(b) podía ser tratada como “arriving alien” y por lo tanto no tenía derecho a una audiencia de fianza. En Matter of Yajure-Hurtado, el BIA reafirmó que las personas que siguen siendo legalmente consideradas solicitantes de admisión bajo §235(b) permanecen fuera de la jurisdicción de fianza de los jueces de inmigración. Estas decisiones, sin embargo, se refieren únicamente a personas que siguen jurídicamente dentro del régimen de §235(b).
La pregunta clave es qué ocurre cuando el propio gobierno libera a una persona dentro de Estados Unidos y la coloca en procedimientos regulares de deportación ante un juez de inmigración. Esa situación fue abordada por un tribunal federal en el caso Maldonado Bautista v. DHS. En Maldonado Bautista, la corte sostuvo que una vez que el gobierno libera a una persona dentro del país y la coloca en procesos 240 ante un juez de inmigración, ya no puede seguir tratándola como detenida bajo INA §235(b). A partir de ese momento, la detención pasa a regirse por INA §236(a), lo que significa que la persona tiene derecho a una audiencia de fianza ante un juez de inmigración. En otras palabras, el poder absoluto del gobierno bajo §235(b) termina cuando decide permitir que la persona viva dentro del país mientras pelea su caso.
Esta distinción es fundamental porque determina si una persona puede o no salir de detención mientras se defiende. Una persona detenida bajo §235(b) no puede pedir fianza ante un juez, pero una persona detenida bajo §236(a) sí puede hacerlo. Muchas personas que entraron con visa, fueron inspeccionadas o fueron paroleadas, o que fueron liberadas por DHS después de cruzar la frontera, se encuentran legalmente bajo §236(a), aunque ICE intente seguir clasificándolas como §235(b). Cuando eso ocurre, la ley federal y el caso Maldonado Bautista permiten impugnar esa clasificación y exigir que un juez de inmigración ejerza su jurisdicción para revisar la custodia y considerar una fianza.
Por esta razón, la correcta clasificación legal de la detención es uno de los aspectos más importantes en cualquier caso de fianza. Una persona que no tiene delitos y que fue admitida, inspeccionada o liberada dentro del país puede tener derecho a salir bajo fianza incluso cuando ICE diga que no. Una evaluación legal adecuada debe analizar la forma de entrada, la liberación por DHS, el tipo de proceso en el que se encuentra la persona y la aplicación de estos precedentes recientes.
Si un familiar está detenido por ICE, una revisión temprana de su situación bajo las secciones 235, 236 y 241 de la INA, junto con la aplicación correcta de Matter of Q. Li, Matter of Yajure-Hurtado y Maldonado Bautista, puede determinar si existe derecho a una audiencia de fianza y una posible liberación mientras se resuelve el caso de inmigración. Una consulta legal puede aclarar estas cuestiones y permitir que la persona ejerza los derechos que la ley federal reconoce.




Comentarios